Micelio
Auto1 de agosto de 2007

A- de 2007

Ponente Jaime Córdoba Triviño

Demandante Juan Camilo Collazos Rivera

Tema · dato duro
Ley 906 De 2004 Articulo 74 (Parcial). Se Expide El Codigo De Procedimiento Penal. Impedimento Manifestado Por Los Señores Procurador Y Viceprocurador General De La Nacion Para Emitir Concepto Dentro Del Expediente En Referencia. Acepta Los Impedimentos
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Impedimento Del Procurador General De La Nacion En Proceso De Constitucionalidad
  • Participación en la comisión redactora de la norma acusada
Impedimento Del Viceprocurador General De La Nacion En Proceso De Constitucionalidad
  • Participación en la subcomisión redactora de la norma acusada
2 temas · 2 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (4 puntos)
  1. Primero. ACEPTAR, con base en las razones expresadas en esta providencia, el impedimento manifestado por el Procurador General de la Nacion para emitir concepto dentro del expediente D-6829.
  2. Segundo. ACEPTAR el impedimento manifestado por el Viceprocurador General de la Nacion para emitir concepto dentro del expediente D-6829, de conformidad con lo expuesto en la parte motiva de esta decision.
  3. Tercero. ORDENAR a la Secretaria General de la Corte Constitucional que, una vez ejecutoriada esta providencia, corra traslado del presente proceso al Procurador General de la Nacion, con el objeto que designe el funcionario que debe rendir el correspondiente concepto.
  4. Cuarto. De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley 262 del 2000 y en armonia con el Decreto 2067 de 1991, ORDENAR a la Secretaria General de la Corte Constitucional que, una vez se levante la suspension de terminos decretada en el proceso de la referencia con ocasion de los impedimentos propuestos, corra traslado por el termino que falte al funcionario que designe el Procurador General de la Nacion, para que rinda el concepto de su competencia.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

Votos disidentes — texto disponible1
SalvamentoJaime Araujo Rentería
Texto oficial de la relatoría · lo más valioso del fallo: las posturas que no hicieron mayoría.
04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.